Trámites
Secretaría de Asuntos Académicos
Títulos y Planes

Certificado de Reválida.

Se denomina reválida al acto administrativo de homologación de los títulos de grado otorgados por instituciones universitarias extranjeras de países que no han firmado convenios específicos con la República Argentina o que, habiéndolo firmado, el caso no está contemplado en el mismo. El trámite se realiza enteramente en la Universidad.

Duplicado de certificado de reválida.

La Universidad de Buenos Aires emitirá un duplicado, triplicado, etc. del certificado de reválida cuando:

  • Se encuentre en tal estado de deterioro que sea imposible su lectura o se hallen afectadas sus constancias esenciales, todo ello a juicio de la autoridad universitaria.
  •  Presente manchas, roturas u otros daños que, sin que imposibiliten su lectura o hayan afectado constancias esenciales, hubiesen modificado el aspecto del original expedido, todo ello a juicio de la autoridad universitaria.
  • El certificado original hubiera sido destruido por efectos del fuego, del agua u otro accidente o en caso de extravío, robo o hurto

Nuevo certificado de reválida.

La Universidad de Buenos Aires otorgará un único certificado de reválida a quienes posean un título extranjero. Excepcionalmente, se expedirá un certificado de reválida que sustituya al entregado por las siguientes razones:

  • Cambios o rectificaciones de nombre/s, apellidos y/o tipo y número de documento, en cuyo caso se deberá presentar una copia del Documento Nacional de Identidad que acredite dicha circunstancia.
  • Modificación de la identidad de género, en cuyo caso se deberá presentar una copia del Documento Nacional de Identidad. Si la persona que lo requiere no solicitó u obtuvo la rectificación registral del sexo o el cambio de nombre de pila en el Registro Nacional de las Personas, el diploma podrá ser otorgado utilizando los criterios de registración establecidos en el artículo 12 de la Ley N° 26.743.
  • Modificación de la ciudadanía por obtención de la argentina,  presentando la documentación que así lo acredite.  
  • Subsanación de errores u omisiones en la confección del diploma o certificado de reválida por motivos no atribuibles a su titular.

Reválida provisoria.

Un título extranjero expedido por universidades, institutos universitarios o instituciones de educación superior podrá ser objeto de una reválida provisoria siempre que:

  • Sea requisito de ingreso para una carrera de posgrado en áreas de la salud que ofrezca esta Universidad e incluya en el plan de estudios actividades que impliquen el ejercicio profesional.
  • Acredite un nivel de formación equivalente o superior a la que corresponda a los títulos expedidos por una universidad argentina establecidos como requisito para proseguir estudios de posgrado.
  • Su titular tenga regularizada su situación migratoria y presenten el Documento Nacional de Identidad argentino que así lo acredite.
  • Su titular haya realizado una preinscripción a una carrera de posgrado.
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